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Pueblo, apdo. v. Pacheco, aplte.
C. D. Ma-yagüez. Portar armas.
En esta apelación el único fundamento es que la acusación no imputa un de-lito porque no alega que la pistola que portaba el apelante, que es un arma de fuego, estaba cargada; pero habiendo sido resuelta esa cuestión en el caso de El Pueblo v. Alonso, 35 D.P.R. 475, en sentido contrario a la alegación del apelante, se confirmó la sentencia apelada.
